4 La afectación a los derechos de las y los trabajadores.

El régimen de facto desde el mismo 10 de noviembre de 2019 desató una persecución en contra de la dirigencia sindical, desconocimiento montado de organizaciones, intervenciones de sedes sindicales, golpizas, amenazas, sin descontar dirigentes pagados a fin de debilitar las movilizaciones y la fuerza popular. Políticamente, se operó como en las dictaduras, con la represión; laboralmente, se despidieron a miles de servidores públicos bajo sospecha de ser militantes del MAS, sin consideración a su antigüedad, necesidad de trabajo y experiencia técnica.

De marzo adelante, con la pandemia, el desorden de la gestión sanitaria y la cuarentena para los sanos y no para los enfermos, las empresas, comercio, y todas las actividades productivas del empresariado privado que se sumaron de memoria a las cuarentenas rígidas y flexibles, terminaron asfixiando la actividad productiva y provocando una recesión acelerada en el país. Hoy, pese a las políticas privilegiadas para la empresa privada, solo pensando en sus intereses, están despidiendo a cientos y miles de trabajadores de sus fuentes laborales.

  1. La desocupación que a marzo -antes de la cuarentena- llegó a 7.3%, ha ascendido en la actualidad a cerca de 9.5% o más, con más de 400 mil desocupados. Para no perder la memoria, hasta el último día del gobierno de Evo Morales, la desocupación en Bolivia que era la más baja de la región, llegó a 4.5%.

El instrumento estatal de protección de los trabajadores asalariados y no asalariados como es el Ministerio de Trabajo, ¿cómo puede defenderles si el gobierno es de los empresarios?. El proceder en la política social, delata los intereses que se defiende. Revisemos estas normas atentatorias a los derechos laborales: Resolución Ministerial Nº 220/20 de 24 de abril de 2020, Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, Reglamentación del teletrabajo:

  • Obliga a la suscripción de una “Adenda o Contrato”, disposiciones normativas que están siendo utilizadas por los empleadores en desmedro de los derechos adquiridos de los trabajadores y obligarles a suscribir un nuevo contrato de trabajo para desconocer su antigüedad, vacaciones acumuladas, etc.
  • Incorpora una definición de que en la relación laboral se implementará la evaluación de gestión por resultados, esa medida le significa reducir al trabajador como recurso y podría prescindirse de sus servicios si no hay resultados.
  • Con anterioridad en el desarrollo de las relaciones laborales, si se incrementaba la producción, daba lugar al pago del bono de producción, pero siempre mediante acuerdo, ahora este bono sería discutible pero el empleador puede incrementar el trabajo,
  • Se establece la definición de “caso fortuito” y “fuerza mayor” que apertura la posibilidad de su aplicación aduciendo hechos nuevos, un informe de contabilidad fabricado con aprobación del directorio de una empresa. Ya se puede justificar un despido e incluso se puede utilizar para la reducción de algunas conquistas sociales.
  • Lo descrito, también puede dar lugar a que el empleador aplique la norma para para la compensación de horas en los centros de trabajo donde se hubiesen reducido horas de trabajo por disposición legal.
  1. Resolución Ministerial N° 229/20 de 18 de mayo de 2020, Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
  • En su artículo 4 establece que tanto el sector público y privado deben adoptar medidas administrativas para contener el contagio y propagación del Coronavirus COVID - 19, debiendo otorgar a los trabajadores y/o servidores públicos aspectos mínimos de bioseguridad, estableciendo el teletrabajo y en caso de que este no se pudiera dar el trabajador tendrá que solicitar vacaciones en el caso de que la institución o empresa cuente dentro de su personal a mayores de 65 años de edad, mujeres embarazadas o con patologías de base crónicas.

  • Establece obligaciones al teletrabajador imponiéndole el 100% de la responsabilidad de dicho trabajo y de la información generada por dichas funciones; señala también que el teletrabajador tiene que cumplir con los protocolos de seguridad establecidos, sin embargo no se conocen estos protocolos, si ya están aprobados, en qué consisten y quién o quiénes serás los responsables del manejo de los mismos.

  • Con relación a la solicitud de vacaciones para realizar los trabajos o funciones asignadas, no se puede tratar de vulnerar este derecho al cambiar su naturaleza o finalidad, menos aun cuando se le pide realizar las mismas funciones al trabajador y cumplir horarios de trabajo al empleado cuando está haciendo uso de sus vacaciones.

  1. Decreto Supremo Nº 4272 de 23 de junio de 2020.

Esta norma pretende ser un 21060 remozado, debido a que instruye un despido masivo en el Gobierno, el Artículo 83 establece la reducción de Consultores en línea en las instituciones públicas del nivel central del Estado. Así mismo, el artículo 85 respecto a las medidas para optimizar la gestión empresarial, establece que se adoptará medidas necesarias para optimizar la gestión empresarial pública siendo estas: una política de reducción de gasto corriente del sector público y la optimización de recursos; así como un Plan de Restructuración Administrativa.

  1. Problemática social y económica de los trabajadores

Los últimos 8 meses además se ha identificado las siguientes problemáticas:

Desempleo. Según datos del INE de la Nación Andina se ha registrado un aumento adicional de desempleo del 4,83 % durante el último trimestre de 2019, esto relacionado a que el gobierno de facto de Añez no ha podido mantener el funcionamiento de entidades Estatales, contribuyendo a que la cifra ascienda. Despidos masivos en relación a la pandemia. Esto en virtud a la medida radical de cuarentena rígida asumida por Añez, misma que fue realizada sin hacer una evaluación del impacto económico en el País.

Inestabilidad política- alto índice de corrupción. Generada por el golpe de Estado, alto índice de corrupción y constantes cambios de autoridades Ejecutivas entorno al gobierno de facto.

Endeudamiento público. El Gobierno De facto de AÑEZ ha procedido a endeudar al País sin tener medidas de reactivación económica, aspecto que a la larga generará despidos masivos.

Daño económico a empresas públicas estratégicas. Los actos de corrupción del Gobierno de facto han dañado gravemente la Economía de las Empresas Públicas y Estratégicas, claro ejemplo de esto: BOA y ENTEL , aspecto que ha generado desempleo masivos e inestabilidad laboral.

Casos emblemáticos:

  • Cerca de 200 trabajadores de la fábrica textilera Altifibers, enclavada en la región de El Alto, se presentaron a trabajar, enterándose en el acto que habían sido despedidos. Los operarios de dicha fábrica han protestado reiteradamente, ya que se les deben sus jornales correspondientes a marzo y abril y ahora se les despide, sin que el gobierno de facto haya emitido pronunciamiento al respecto. El dirigente de los trabajadores de la terxtilera Altifibers, Ángel Mamani, denunció que todos los trabajadores fueron despedidos en medio de la cuarentena por el coronavirus, cuyol gerente general ha hecho conocer un memorándum aduciendo que la empresa cesa de sus funciones por la emergencia sanitaria”.

  • Por otro lado, el despido de 500 maestros ha provocado que varios colegas del sector emprendan una huelga de hambre, en protesta por lo que consideran un atropello y en reclamo de que sean reincorporados en sus puestos.

  • Trabajadores de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, por su parte, denuncian que están siendo cesanteados sin aviso previo.

  • Según medios locales y los ciudadanos a través de redes sociales, las denuncias de despidos arbitrarios y masivos llegan desde todos los sectores de la economía y los servicios del país.

  • Los empresarios manifiestan que se trata de medidas relacionadas con la pandemia, mientras, el gobierno de facto no ha emitido declaración alguna sobre este tema.

  • Más trabajadores presentan sus quejas por despidos presuntamente injustificados y, aunque las empresas argumentan que tienen déficits, los asesores de los trabajadores señalan que se debe demostrar esa situación o proceder a la reincorporación.

  • Marcelo Inchausti, asesor legal de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia y de la Confederación de Fabriles, además de abogado de los trabajadores de las empresas Altifibers (La Paz), Sendtex, Prosil (Cochabamba) y Paitití (Santa Cruz) señaló que cada día se van sumando más denuncias por despidos injustificados.

  • El jefe de la Dirección Departamental de Trabajo, Wilge Lizarazu, señaló que su oficina recibió, además, la denuncia de los trabajadores de Imba, la cual se suma a la Sendtex y Prosil, en Cochabamba.

  • A esta situación se suma una marcha de protesta de trabajadores de Fidalga, en La Paz, que también denunciaron “despidos injustificados”.

  • Bolivia Verifica en contacto con representantes del Sindicato de Trabajadores Gastronómicos del Hotel Los Tajibos, recogió la denuncia de despido masivo de un centenar y medio de trabajadores que fueron convocados para trabajar. La modalidad: llamar uno por uno a los trabajadores en presencia de jefes de área y recursos humanos, incluyendo al mismo gerente de operaciones Samuel Doria Medina junior, quienes instigan a firmar un despido voluntario, a cambio de sus beneficios cheque en mano, retirándolos diciendo que no hay modo de pagarles, que por este tiempo de pandemia no hay como mantener a todo el personal, que, los recontratarán en unos meses, según Maycol Erasmo, secretario de Conflictos del Sindicato de Trabajadores Gatronómicos. Sin embargo, difunden que la empresa no han desvinculado a nadie y que los trabajadores han aceptado salirse..

  • Mediante un pronunciamiento, los trabajadores del matutino La Razón denuncian que 96 trabajadores del medio de comunicación fueron despedidos sin desahucio supuestamente “por fuerza mayor”. Entre los afectados estarían los dirigentes del sindicato de trabajadores del medio de comunicación, situación que dejaría sin representación a los demás trabajadores. Los despidos habrían sido anunciados en una reunión llevada adelante vía Zoom y con la participación de un notario de fe pública.

Fuentes / Prensa